La Comisión Administradora del Servicio entiende que el concepto de maniobra invasiva va estrechamente ligado al concepto de riesgo. Se puede afirmar que una maniobra es invasiva cuando notoriamente eleva el riesgo de daño al paciente y por ende incrementa el riesgo de reclamo por parte del paciente lesionado.
Se consideran maniobras no invasivas las realizadas por un médico de puerta o de ambulancia, como por ejemplo: venoclisis, intubación orotraqueal, paracentésis, toracocentésis, punción lumbar, sonda vesical, sonda nasogástrica.
Las maniobras invasivas varían dentro de cada especialidad, por ejemplo:
En Imagenología la realización de una punción amniótica es una maniobra invasiva.
En Gastroenterología la endoscopía es considerada una maniobra invasiva.
En Cardiología el ecocardiograma con electrodo transesofágico es considerado una maniobra invasiva.
Es conveniente que frente a cada duda en particular de los colegas se realice la consulta a la Administración del Servicio utilizando el correo electrónico: saipadm@adinet.com.uy o a través del teléfono 401 4701 internos 132, 147 y 163 de lunes a viernes de 10 a 18 horas. De esta forma, con el cúmulo de consultas del colectivo se estructurará un visión más acabada del tema.
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