Artículo 14. Actitud en caso de ser citado o demandado
"El asegurado que resultare citado, emplazado, intimado, conminado, conducido, notificado, demandado o codemandado o citado en garantía, por algún evento o acto dañoso comprendido durante la vigencia de esta póliza, deberá denunciar tales hechos ante el Consejo Directivo de SAIP Cooperativa o ante quien este determine, en el término de tres días hábiles perentorios e improrrogables, a contar del siguiente a la recepción de la citación, emplazamiento, intimación, conminación, conducción, notificación o demanda. Se considerará fecha de notificación la que figure en el cedulón o citación judicial dirigida al demandado o la de la citación en garantía por parte de la institución cuando esta fue la originariamente demandada. Cualquier adulteración de dicha fecha imputable al demandado provocará la caducidad de la presente póliza.
La denuncia y la noticia antes referidas deberán efectuarse ante la sede de SAIP Cooperativa, dentro del plazo referido, vencido el cual el asegurado perderá el derecho a las prestaciones respectivas, salvo en lo que refiere a la asistencia jurídica, la que podrá ser autorizada por el Consejo Directivo.
En los casos previstos en el artículo 13 y en el presente, el asegurado será recibido por el Consultorio de Responsabilidad Profesional o por quien haga sus veces."
Actitud en caso de recibir una citación a conciliación y/o una demanda civil
En caso de recibir una citación para una audiencia de conciliación Ud. será asistido por un abogado del Estudio Jurídico del Dr. Gonzalo D. Fernández, si la citación es en Montevideo, o por el abogado que corresponda según la región del país.
Como resultado de esa audiencia se labra un acta de conciliación en la que, para futuras eventuales notificaciones, se constituirá domicilio en la dirección del Estudio Jurídico correspondiente. Por lo tanto, en caso de iniciarse el proceso civil con la presentación de la demanda de responsabilidad civil, esta llegará al Estudio Jurídico de referencia de SAIP y le será comunicada a Ud. en forma inmediata.
A partir de ese momento deberá:
Consejo Directivo
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